Acuerdo de Unión Civil: Los nuevos beneficios para convivientes
Perfeccionamiento del reconocimiento institucional de las parejas convivientes
La nueva Unión Civil se podrá celebrar en oficinas del Registro Civil, al igual que los matrimonios, cambiando el estado civil de las personas que lo contraen a “conviviente civil”. En caso de querer poner término a la unión, se puede hacer de común acuerdo o unilateralmente, sin requisito de plazo mínimo desde la unión.
Reconocimiento y protección de las familias conformadas por parejas convivientes que no se encuentran casadas
Los convivientes serán considerados familia, lo que posibilita, por ejemplo, que uno pueda ser carga del otro en sistemas de salud, prioridad para el cuidado de los hijos de la pareja en caso de fallecimiento y derecho a herencia, entre otros. Asimismo, serán los Tribunales de Familia quienes se encarguen de resolver posibles controversias. La unión también establece parentesco entre un conviviente y la familia del otro.
Reconocimiento y protección de las parejas convivientes del mismo sexo
La nueva Unión Civil será aplicable para todas las parejas, sin importar el sexo de quienes la componen. De esta manera se abre la posibilidad a parejas del mismo sexo a formalizar su unión frente a la ley, terminando así con una discriminación histórica.
Protección de los aspectos patrimoniales asociados a la convivencia
Si bien el régimen general entre los convivientes será de separación de bienes, estos también tendrán la posibilidad de adoptar un régimen de comunidad de bienes.
Reconocimiento de las uniones civiles celebradas en el extranjero
Con la aprobación de esta ley, ahora se reconocerán en Chile como Uniones Civiles los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero, produciendo en Chile los mismos efectos que una Unión Civil.